Carlos recibe pensión de jubilación desde noviembre del año 2016, pregunta ¿Tengo algún beneficio tributario por ser pensionista?
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Carlos recibe pensión de jubilación desde noviembre del año 2016,
pregunta ¿Tengo algún beneficio tributario por ser pensionista?
El Texto Único Ordenado de la Ley
de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, en su
artículo 19° otorga el beneficio de deducción de 50 UIT de la base imponible
del Impuesto Predial a todos los pensionistas; para acceder a dicho beneficio, la
norma exige el cumplimiento conjunto de los siguientes requisitos:
- Ser propietario de un solo predio, a nombre propio de la sociedad conyugal.
- El predio este destinado a vivienda del pensionista o de la sociedad conyugal.
- El ingreso bruto sea la pensión que recibe, la que no debe exceder de 1 UIT mensual.

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