La empresa HASTINGS SAC será designado como emisor electrónico a partir del 1 de noviembre de 2018 ¿Podrá solicitar un plazo ampliatorio de 6 meses para adecuar sus sistemas conforme lo señalado en el artículo 4-A numeral 1 de la R.S. N° 300-2014/SUNAT?
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La empresa HASTINGS SAC será designado
como emisor electrónico a partir del 1 de noviembre de 2018 ¿Podrá solicitar un
plazo ampliatorio de 6 meses para
adecuar sus sistemas conforme lo señalado en el artículo 4-A numeral 1 de la
R.S. N° 300-2014/SUNAT?
La
empresa HASTINGS SAC no podrá solicitar el plazo ampliatorio de 6 meses
recogido en el artículo 4-A numeral 1 de la R.S. N° 300-2014/SUNAT dado que
esta opción ha sido derogada por la primera disposición complementaria
derogatoria de la R.S. N° 340-2017/SUNAT motivo por el cual la empresa HASTINGS
SAC se encontrará obligada a emitir desde el 1 de noviembre de 2018 los
comprobantes electrónicos salvo que por causas no imputables a él no pueda
emitirlos por lo cual bajo al amparo del artículo 4 numeral 4.1 de la R.S.
300-2014/SUNAT podrá emitir los comprobantes físicos.
Base Legal:
Primera disposición complementaria
derogatoria de la R.S. N° 340-2017/SUNAT
Artículo 4 numeral 4.1 de la R.S.
300-2014/SUNAT
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