Miguel: “Olvidé declarar mi PDT 621 y me notificaron una
esquela ¿Qué hago?” (Primera Parte)
Miguel es una persona natural con
negocio, esta afecto al régimen general de renta y esta muy contento porque su
negocio tiene muy buena acogida, ya que cada mes sus ventas ascienden a mas de
50,000 soles.
En el mes de abril Miguel estaba
tan ocupado que se olvidó de presentar la declaración mensual de Renta e IGV (
PDT 621) del periodo marzo 2017.
Miguel es
notificado, el 12 de Julio, de una esquela donde le informan que está omiso a la presentación de
la declaración de marzo 2017 por los tributos de Renta e IGV y le dan 3 días hábiles para realizar la declaración y poder obtener los beneficios de gradualidad.
Miguel se encuentra muy
preocupado, pues se ha enterado que la base de la multa para el régimen general
es de 1 UIT, así que acude a su amigo, el Sr. Analitor, quien presuroso le
indica que se debe analizar el numeral 1 del artículo 176 (multa), el artículo 104 (formas de notificación) el
artículo 106 (cuando surte efectos la notificación) y la tabla de infracciones del Código Tributario, así mismo, se debe analizar la Resolución de
Superintendencia 063-2011/SUNAT (criterio de gradualidad) y la Resolución de
Superintendencia Nacional Adjunta Operativa 06-2016/SUNAT (criterio de
discrecionalidad).
El Sr. Analitor le indica:
Miguel, la multa por ser del régimen general asciende a 1UIT (4,050 soles), no se
puede aplicar el criterio discrecional de SUNAT por que el importe de tus
ventas así como de tus compras, por cada uno de ellos es mayor a ½ UIT, sin
embargo, se puede aplicar el criterio de gradualidad y centrarnos sobre los
efectos de la notificación. Es así, que si hoy 12 de Julio 2017 te notificaron
la esquela, esta surte efectos recién a partir del día siguiente hábil, es
decir, 13 de Julio 2017, por lo cual, si queremos tener una mayor gradualidad
debes declarar hoy 12 de julio, de esta manera realizarías una subsanación
voluntaria y tendrás una rebaja del 90%
si lo cancelas hoy o del 80% si lo cancelas a partir de mañana. Debes
recordar que al monto resultante le debes calcular los intereses, que son el
0.04% diario o el 1.2% mensual.
Miguel le agradece al Sr.
Analitor por la solución y le pide un resumen práctico sobre el criterio
discrecional, a lo cual, el Sr. Analitor le indica, que el cuadro sinóptico se
lo dará la próxima semana…